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Ipso Facto # 46. La exigencia del carné de vacunas en Bogotá



Hola soy Veroushka Cohen y le damos la bienvenida a IPSO FACTO, nuestro “flash informativo con el toque jurídico” donde aprenderemos algunos términos y procedimientos que pueden ser de su interés.

Hoy veremos lo relacionado con la exigencia del carné de vacunas en Bogotá.


Por medio del Decreto 490 del 7 de diciembre del 2021 de la Alcaldía Mayor de Bogotá se imparten las instrucciones para contrarrestar la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID 19.


Lo que podemos destacar de las medidas tomadas es que:


1. A partir de la fecha se debe presentar el carné de vacunas, o el certificado digital de vacunación, con el cual se evidencia, por lo menos, el inicio del esquema de vacunación.


2. Éste se exigirá para eventos de carácter público de asistencia masiva, bares, restaurantes, cines, discotecas, conciertos, casinos, museos, ferias, etc.

3. Aplica para mayores de 12 años. Los menores de 0 a 12 años están exentos.


4. Se exige el esquema de vacunación completo (mínimo 2 dosis) para mayores de 18 años.


5. Las personas que velarán por el cumplimiento de la norma serán los propietarios, administradores u organizadores de los eventos públicos o privados.


6. El uso del tapabocas sigue siendo obligatorio cuando se está fuera del domicilio.


7. Los establecimientos públicos y privados deberán tener ventilación obligatoria.


8. El lavado de manos debe ser con agua y jabón, cada 3 horas por 20 segundos. Hay que utilizar alcohol en gel mínimo al 60% y máximo al 95%


9. El distanciamiento físico será conforme lo determine el Ministerio de Salud.


10. Toda actividad deberá atender de forma estricta el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad.


11. Los empleadores de la ciudad de Bogotá deberán garantizar el aislamiento preventivo a sus empleados y contratistas durante el periodo de sospecha de contagio. Por tanto se les permitirá la realización del teletrabajo.


12. Las actividades educativas desde preescolar, primaria y bachillerato se hará de manera presencial siguiendo los protocolos de bioseguridad.



Hasta aquí IPSO FACTO, nuestro “Flash Informativo con el toque jurídico”. Si usted necesita alguna consultoría o asistencia legal, contáctenos a través de la página web www.sefinpro.co, llámenos a los teléfonos 7 588 565, 6 356 366 en Bogotá o escríbanos a consultas@sefinpro.co. Síganos en Instagram como @sefinproabogados.


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