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Ipso Facto N# 34. ¿Cómo participar en una diligencia de remate?




Hola soy Veroushka Cohen y le damos la bienvenida a IPSO FACTO, nuestro “flash informativo con el toque jurídico” donde aprenderemos algunos términos y procedimientos que pueden ser de su interés.


Con ocasión al caso de la medallista olímpica Ingrid Valencia, estafada por un presunto secuestre al tratar de adquirir un inmueble por remate judicial, y a quien ella le “adelantó” la suma de 150 millones de pesos el año pasado 2020, hoy le daremos algunos consejos para que si está interesado pueda participar en esta clase de diligencias y no resultar afectado.


Lo primero que debemos entender es que el remate es una diligencia, ordenada por un juez de la república con ocasión de un proceso judicial, en la que se oferta la venta forzada en pública subasta de un bien.


Para participar y hacer postura en esta diligencia, usted no necesita de un intermediario (sea secuestre, inmobiliaria, agencia, etc.)


Tenga en cuenta que:


1- La diligencia se anuncia mediante la publicación en un diario de amplia circulación. En este se indica el Juzgado que conoce el proceso, las partes, el número del expediente, la descripción de los bienes y el valor de los mismos, los datos del secuestre y el porcentaje para hacer postura. (Art. 450 C.G.P.)


2- Una vez tenga los datos del expediente, usted puede verificar la existencia del mismo en la página web de la rama judicial y cómo ha sido su avance. También podrá pedir ver el proceso y tener más información.


3- Para participar, la persona interesada consignará a órdenes del juzgado mediante un título judicial, en la cuenta que cada despacho tiene en el Banco Agrario, el 40% del valor avalúo publicado. (En ciudades pequeñas y pueblos puede ser otra entidad financiera) (Art. 451 C.G.P.)


4- Recuerde que deberá hacer la postura en el momento indicado. En el caso de resultar favorecido con la adjudicación del inmueble por ser la mejor oferta al hacer la postura respectiva, se deberá consignar el saldo del valor mediante otro título judicial dentro de los 5 días siguientes (art. 453 del C.G.P.). No se aceptan pagos por cuotas.


5- Como se mencionó antes, usted no necesita de abogado, intermediario, inmobiliaria, etc., para poder participar. Es más, desconfíe de quienes “ofrecen sus servicios” prometiéndole que se quedará con el bien y que ellos harán todas las diligencias en su nombre para “evitarle molestias”.


6- Llegado el caso de no resultar favorecido en el remate, una vez usted haya hecho la consignación para presentar postura, el Juzgado ordenará la devolución de su dinero mediante un título judicial. Es decir, que no pierde su dinero.


La estafa para la adquisición de bienes inmuebles en remate es un delito que se ha presentado desde hace varios años en el país. Tome en cuenta nuestras recomendaciones y evítese dolores de cabeza.


Hasta aquí IPSO FACTO, nuestro “Flash Informativo con el toque jurídico”. Si usted necesita alguna consultoría o asistencia legal, contáctenos a través de la página web www.sefinpro.co, llámenos a los teléfonos 7 588 565, 6 356 366 en Bogotá o escríbanos a consultas@sefinpro.co. Síganos en Instagram como @sefinproabogados.


Nuestra impronta legal, su confianza


Fuente: C.G.P.

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