El Derecho Deportivo es el conjunto de normas jurídicas de derecho público y privado, nacional e internacional, que regulan la conducta del hombre con relación a la organización y práctica del deporte, así como los sujetos que se le vinculan – estructura y organización – y que, además, dan origen y fijan el alcance y contenido de las relaciones jurídico-deportivas que surgen entre las personas en sociedad. Es decir, el Derecho Deportivo aplica la normativa vigente a todo lo relacionado con el deporte, por consiguiente, comprende asuntos tanto civiles, mercantiles, laborales, penales, administrativos, entre otras áreas.
El Derecho Deportivo se caracteriza por ser especializado, nacional e internacional, multidisciplinario, interdisciplinario y dinámico.
Es ESPECIALIZADO por que el objeto de estudio es una materia específica: la conducta del hombre con relación al deporte y, consecuentemente todo lo que se le vincula, con su entorno. Es tanto NACIONAL, por estar conformado por las normas sancionadas por el ordenamiento jurídico de cada país como INTERNACIONAL, al aplicar normas internacionales, contenidas en reglamentos, estatutos y códigos de las organizaciones internacionales (como el Comité Olímpico Internacional o las Federaciones Internacionales), y también en convenciones internacionales, como la que corresponde al dopaje en el deporte.
Por otro lado, se dice que el Derecho Deportivo es MULTIDISCIPLINARIO, puesto que los temas fundamentales pueden ser analizados desde diferentes áreas del conocimiento humano, por ejemplo, a la luz de la sociología, de la administración, de las ciencias de la comunicación, de la medicina, biología, finanzas, etc.
Adicionalmente, es también INTERDISCIPLINARIO, pues para comprender con asertividad las normas que lo conforman, se debe relacionar con otras áreas del conocimiento transversales con el fin de entender a plenitud el contenido de estas.
Finalmente, el Derecho Deportivo es DINÁMICO, debido a los constantes cambios de las normas jurídicas que se sancionan permanentemente, conforme a las distintas conductas humanas y necesidades reglamentarias que se involucran en el deporte. Por ejemplo, hace varios años no se hablaba de dopaje en campo deportivo y ante las diversas situaciones presentadas, se requirió legislación que lo tipificara y sancionara. [1]
En cambio, el Derecho del Deporte es la aplicación de las ramas autónomas del derecho a la industria del deporte. Es importante la diferencia ya que, a partir de ella, se determina la jurisdicción y competencia aplicable a los casos específicos y la autonomía del Derecho Deportivo.[2]
Por ejemplo, al presentarse un proceso disciplinario para un jugador de fútbol por faltar al respeto a un árbitro en un partido, este caso se enmarca en el Derecho Deportivo, siendo la jurisdicción competente, la deportiva exclusivamente. Pero si se trata de la infracción de los derechos de imagen de un jugador, este es un ejemplo de un caso de Derecho del Deporte, y la jurisdicción para conocer la infracción, NO es la deportiva, si no la competente del asunto en cada país, conforme a sus leyes procedimentales.
En conclusión, el Derecho Deportivo es autónomo porque tiene sus propias normas, sus propios “tribunales”, sus propios principios y fuentes.
[1] MARTINEZ FUNES, Andrea. Magister in Sports Organisations Management – MEMOS (COI – Université du Poitiers, Francia – IDHEAP, Suiza). [2] Cfr. https://encolombia.com/derecho/derecho-deportivo/derecho-deportivo/ consultada 17-07-2022
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