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La ley de internet en Colombia

Por fin en Colombia, la Ley 2108 de 29 de julio de 2021 al modificar la Ley 1341 de 2009, determinó que el internet es un servicio PÚBLICO, ESENCIAL y UNIVERSAL.


Es un servicio público porque es proveído por el Estado, sea directamente o bajo su control y regulación. Pretende asegurar el abastecimiento a toda la población por considerarlo esencial.


La norma garantiza la prestación del servicio de internet de manera eficiente, continua y permanente para facilitar la conectividad de todo el territorio nacional.


Por lo tanto, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones NO podrán suspender las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de las redes requeridas para la operación de este servicio público esencial, e igualmente garantizará la continua provisión del servicio. (art. 2)


No obstante, los proveedores del servicio de internet podrán hacer cumplir los deberes y obligaciones a cargo de los suscriptores y usuarios del mismo, conforme a la disposición de la Comisión de Regulación de Comunicaciones. (art. 4 par. 4 Ley 2108 de 2021)



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