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Lema Comercial

Concepto

Es un signo distintivo consistente, en una palabra, frase o leyenda que se utiliza como complemento de una marca para reforzar su recordación. Es lo que se conoce comúnmente como slogan.


El lema se diferencia de la marca principalmente en que sólo puede consistir, en una palabra, frase o leyenda y no en figuras o sonidos. Dada su misión publicitaria de la marca a la cual se asocia, es normalmente sugestivo de las características de la marca. Por ello es común que consista en una frase o una leyenda.


Es importante tener en cuenta que siempre es accesorio a la marca, es decir, es necesario que la marca que identifica el producto o servicio esté registrada.

Con anterioridad a la presentación de la solicitud deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:

  • Elegir el lema: El lema comercial debe ser fuerte, que perdure en el tiempo. Puede reflejar los valores de la empresa, tan solo contiene elementos nominativos. Una vez elegido es importante constatar que sea registrable. (ver artículos 134, 135, 136 y 137 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina).

  • Realizar la búsqueda de antecedentes marcarios: Para verificar si existen registrados o solicitados con anterioridad signos iguales o parecidos que identifiquen los mismos productos o servicios o productos o servicios semejantes, que puedan obstaculizar el registro de su lema, es recomendable realizar esta búsqueda antes de solicitar el registro de un lema comercial, los resultados le ayudarán en el proceso de elección de su lema y en la decisión de registrarlo.

  • El pago de la tasa oficial: Los trámites ante la Superintendencia son servicios que comportan un valor llamado tasa. La Superintendencia expide anualmente una Resolución en la cual fija las tasas asociadas a los trámites y servicios de Propiedad Industrial.

  • El diligenciamiento del formulario correspondiente: La Superintendencia dispone de formularios para cada uno de los trámites, los cuales incluyen toda la información y documentación que usted debe aportar. En este caso, debe completar el formulario de registro de marcas y lemas comerciales.

La legislación vigente en materia de signos distintivos está contenida en la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, norma aplicable a todos los países miembros de la Comunidad Andina. Igualmente, esta Decisión tiene su reglamentación en los Decretos reglamentarios, y muy importante, la SIC expide la Circular Única que contiene el conjunto de directrices que guían a los usuarios acerca de la manera cómo se debe adelantar los trámites de propiedad industrial.


Fuente: Cfr. https://www.sic.gov.co/lemasConsultado 28-08-2022






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